jueves, 21 de enero de 2010

UPyD EXIGE RESPONSABILIDADES AL GOBIERNO MUNICIPAL TRAS LA SENTENCIA DEL TSJM SOBRE EL ROSÓN

El Ayuntamiento debe cumplir la sentencia y dar explicaciones.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ratifica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de Madrid, anula el convenio firmado entre el Ayuntamiento de Getafe y la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución nº 1 de El Rosón, desestimando el recurso interpuesto por el Ayuntamiento y la Junta de Compensación contra dicha sentencia. Al anularlo, se empieza a restablecer la justicia en este oscuro asunto. Mediante este convenio, el Ayuntamiento renunciaba a las cesiones legales del 10% del aprovechamiento urbanístico, equivalente a 22.184 m2 edificables, sustituyéndolas por el cobro en metálico, con una valoración de 1.140 euros el metro cuadrado. La tasación del valor fue encargada por el Ayuntamiento, concretamente por la Concejalía del Área de Desarrollo Económico, a un tasador externo, obviando a los servicios técnicos municipales.
La sentencia anula dicho convenio por no darse el requisito legal de la imposibilidad de la cesión in natura, es decir, de los terrenos, para que sea legal la sustitución de la cesión de terreno urbanizado por su equivalente en dinero; considera, además, que se vulnera la Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid en cuanto a los requisitos para la venta del patrimonio municipal de suelo, que establece la obligatoriedad del concurso para la venta de patrimonio municipal de suelo, y en cuanto a la forma en que se ha efectuado la valoración, no por parte de los servicios administrativos legalmente habilitados para ello sino mediante tasador externo, lo que considera “no cumple las mínimas garantías de transparencia y seguridad jurídica”.
No queda reflejado en la sentencia, pero es públicamente conocido, que la valoración efectuada por el perito externo estaba muy por debajo del valor de mercado en ese momento, como prueba el que semanas después la Junta vendiera los terrenos destinados a la cesión a un precio de 2.260 euros el metro cuadrado, generando sustanciosas plusvalías a los propietarios.
El cumplimiento de la sentencia, ineludible para el Ayuntamiento, va a suponer un perjuicio importante en estos momentos para las arcas municipales, es decir, para todos los vecinos, porque tiene que devolver los más de 26 millones de euros percibidos mientras que la recuperación de los terrenos se prevé litigiosa y complicada porque ya se vendieron a un tercer comprador de buena fe. Estas actuaciones no pueden atribuirse a error y, por lo tanto, exigimos que, paralelamente al cumplimiento de la sentencia, se asuman las responsabilidades políticas que corresponden a una actuación ilegal y se den explicaciones a los vecinos.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

El Ayuntamiento ya ha salido diciendo que el comprador de los terrenos es un comprador de buena fe, para que no tenga que devolverlos.
La buena fe se supone, salvo prueba en contrario. En este asunto, creo que es fácilmente demostrable que los compradores no sólo conocían el convenio urbanístico, sino que seguramente formaron parte de las negociaciones. Mucha casualidad que a las dos semanas de aprobarse el convenio urbanístico se pagase el doble.
El cumplimiento de la sentencia implica la recuperación de los terrenos por parte del Ayuntamiento, y esto es lo esencial. Hay que alegar que el comprador no es tercero de buena fe, sino que formó parte y conocía todos los extremos del convenio.
Lo demás, son componendas de Castro y todos los beneficiados por el pelotazo.

Anónimo dijo...

Acabo de comprobar que la sentencia expresamente declara nulo de pleno derecho los artículos del convenio urbanístico. La declaración de nulidad absoluta, radical, o de pleno derecho, supone la nulidad o inexistencia del convenio y de todos los actos derivados o consecuencia de ese convenio, que son inexistentes, como si no se hubieran realizado. Hay nulidades en cadena, de escrituras, inscripciones registrales, etc. y se tendrán que devolver unos a otros los precios que han pagado, pero los terrenos tienen que volver al Ayuntamiento. No hay excusas que valgan.
Yo le pediría a UPyD que se persone en el Juzgado (es el encargado de la ejecución), para exigir el cumplimiento de la sentencia íntegramente, y que no pare hasta conseguir la nulidad de todas las transmisiones de los terrenos. En materia de urbanismo, cualquier persona o entidad está legitimada para defender en los tribunales el interés general, y creo que a UPyD se le reconocería la legitimación para defender el interés público.

Anónimo dijo...

¿No podría UPyD denunciar esta historia en los medios nacionales para que se sepa en todas partes cómo funciona el presidente de la FEMP?

Y ya de paso, también podría mandarla a la Fiscalía Anticorrupción por si las ilegalidades son constitutivas de delito.

Estoy segura de que muchos capitalandianos y capitalandianas lo agradecerían.

Elena

Manolitox dijo...

Que haga esto un ayuntamiento está mal, pero que lo haga el del presidente de la FEMP es un escándalo nacional... y que yo sepa UPyD tiene representación en el congreso.

¿Este es el nuevo modelo de financiación municipal a aplicar en todo el estado?